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¿Cómo se tratan los cambios de condición de domiciliado?
¿Cómo se tratan los cambios de condición de domiciliado?
Actualizado hace más de una semana

Los peruanos que hubiesen perdido su condición de domiciliados, la recuperarán cuanto retornen al país, a menos que lo hagan en forma transitoria permaneciendo en él 183 días calendario o menos dentro de un período cualquiera de 12 meses.

Los cambios de condición (domiciliado o no domiciliado) que se produzcan en el curso de un ejercicio gravable sólo producirán efectos a partir del ejercicio siguiente; es decir, a partir del 01 de enero del año siguiente.

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