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Principales cambios del Decreto de Urgencia Nº 013-2020

Entérate de qué datos debe llevar la factura y cómo cambiaron la conformidad y la comunicación a SUNAT.

Los principales cambios son:
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  1. Emisión de facturas

    Deberá contener la siguiente información:

    • Si la factura es al contado o crédito. Si la factura es al crédito deberá indicar el número de cuotas.

    • Especificar el monto pendiente de pago (monto neto).

    • Indicar el plazo de la factura (fecha de pago).

  2. Conformidad de pago

    • Plataforma: Desde el 17 de diciembre de 2021, el proceso de brindar conformidad (solo para algunas facturas, revisa el detalle aquí) se realiza desde la plataforma de SUNAT y no por Factrack.

    • Plazos de conformidad: El pagador tiene 8 + 2 días calendario para expresar su conformidad. Los 2 días adicionales se activan si la disconformidad y subsanación se dan en el 8vo día.

    • Comunicación a SUNAT y al pagador: El plazo para comunicar al pagador la emisión de la factura es de 2 días calendario (se redujo de 4 a 2 en enero de 2022).

      Se debe tomar en consideración estas dos casuísticas:

    • Si la factura es emitida en SUNAT, el proceso es automático (el emisor no debe realizar ningún paso adicional).

    • Si la factura es emitida en un sistema propio, el emisor tiene que enviar la factura a SUNAT.

    Si quieres leer el Decreto de Urgencia Nº 013-2020 en su totalidad, ingresa aquí: https://busquedas.elperuano.pe/dispositivo/NL/1992708-3

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